Tipo de Norma: Ley
Número: 1391
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01391LEY Nr 1391
Sostenimiento de la Granja
Escuela
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso ele la República Peruana.
lia dado la ley siguiente:
Artículo único.—Consígnese en el pliego de Fomento del Presupuesto General de la República, la cantidad de un mil doscientas libras anuales, para aumentar la partida destinada al sostenimiento de la Granja Escuela.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.