Ley Nº 13762

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 13762

LEY N9 13762

Autorizando al Concejo Provincial de Chiclayo para que adjudique en propiedad, al Sindicato de Choferes Profesionales de Chiclayo, un terreno dé 300 m2.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLI

CA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO.— Autorízase al Concejo Provincial de Chiclayo para que adjudique en propiedad y en forma gratuita, al Sindicato de Choferes Profesionales de Chiclayo, un terreno de su propiedad con una área de trescientos metros cuadrados (300.00 m2.), ubicados en la Urbanización “San Carlos” de la ciudad de Chiclayo, para que lo destine exclusivamente, a la construcción de su local social.

En caso de divolverse el Sindicato o de darse al terreno fin distinto, revertirá éste a favor del Concejo Provincial de Chiclayo.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa dél Congreso, en Lima, a los doce días del mes de diciembre de mil novecientos sesentiuno.

ENRIQUE MARTINELLI TIZON, Presidente del Senado.

ARMANDO DE LA FLOR VALLE, Presidente de la Cámara de Diputados.

CESAREO VIDALON, Senador Secretario .

CARLOTA RAMOS DE SANTOLA-YA, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de diciembre de mil novecientos sesentiuno.

MANUEL PRADO.

RICARDO ELIAS APARICIO.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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