Tipo de Norma: Ley
Número: 13732
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13732LEY N9 13732
Creando en el Colegio Nacional de Cien* cias, de la ciudad del Cuzco, una Sección Nocturna de Educación Secundaria.
ENRIQUE MARTIN ELLI TIZON,
Presidente del Congreso.
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO l9—Créase en el Colegio Nacional de Ciencias, de la Ciudad del Cuzco, en la Provincia y Departamento del mismo nombre, una Sección Nocturna de Educación Secundaria, que funcionará con todos sus años de estudios, a partir del año 1961.
ARTICULO 2—Consígnese en el Presupuesto General de la República, las partidas correspondientes para su sostenimiento.
ARTICULO 39—El Ministerio de E-ducación Pública queda encargado del cumplimiento de la presente ley.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los veintidós días del mes de marzo de mil
novecientos sesentiuno.
Alberto Arca Parró, Presidente del Senado.
Armando de la Flor, Presidente de la Cámara de Diputados.
Eduardo Battifora, Senador Secretario.
Juvenal Pezo B., Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
Por tanto: no habiendo sido promulgada oportunamente por el Poder Ejecutivo, en observancia de lo dispuesto en el artículo 1299 de la Constitución, mando se publique y se comunique al Ministerio de Educación Pública, para su cumplimiento.
Casa del Congreso, en Lima, a los ocho días del mes de noviembre de mil novecientos sesentiuno.
ENRIQUE MARTINELLI TIZON, Presidente del Congreso.
CESAREO YIDALON, Senador Secretario del Congreso.
ALEJANDRO NIÑO DE GUZMAN,
Diputado Secretario del Congreso.
Lima, 17 de Noviembre de 1961.
Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.
ALFONSO VILLANUEVA PINILLOS.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.