Ley Nº 13651

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Número: 13651


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 13651

LEY N9 13651

Autorizando al Concejo Provincial de A-requipa, venda a sus actuales ocupantes a razón de S/. 1.00 el metro cuadrado, los terreno^ municipales que forman parte del fundo “Chupina” del Distrito de Socabaya, en una extensión de

30,530.00 m2.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

iEL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

fía dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO: Autorízase al

Concejo Provincial de Arequipa, para que pueda vender en forma directa a sus actuales ocupantes a razón de S/o 1.00 el metro cuadrado los terrenos municipales que forman parte del fundo “Chilpina” del Distrito de Socabaya, del Cercado de Arequipa, en una extensión de 30,530.00 m2., confor

me a lo acordado en la Resolución Municipal N9 1519, de 23 de agosto de 1960, de la referida Corporación Municipal y con la sujeción a las disposiciones que al respecto dicte la Oficina Nacional de Planeamiento y Urbanismo.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los veintiocho días del mes de Marzo de mil novecientos sesenta y uno,

ALBERTO CHAPARRO, Primer Vi-ce—Presidente del Senado.

ARMANDO DE LA FLOR VALLE, Presidente de la Cámara de Diputados.

EDUARDO BATTIFORA VILLA, Senador Secretario.

ESTEBAN HIDALGO SANTILLAN, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de mayo de mil novecientos sesentiuno.

LUIS GALLO PORRAS.

RICARDO ELIAS APARICIO



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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