Ley Nº 13649

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Número: 13649


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 13649

RESOLUCION LEGISLATIVA

N9 1B649

Autorizando al Presidente de la República, Dr. Manuel Prado, pueda salir del territorio nacional y por un plazo de treinta días, con motivo de la invitación formulada por sil Majestad el Emperador Hirohito y el Gobierno de! Japón.

Lima, 20 do Marzo de 1901.

Señor:

El Congreso, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 1529 de la Constitución Política del Estado, ha resuelto autorizar al señor Presidente de la República, doctor Manuel Prado, para que, en ejercicio de la función Presidencial y de acuerdo con lo determinado en el artículo ,1349 y en el inciso primero del artículo 1549 de la misma Carta Política, pueda salir del territorio nacional, con motivo de la invitación formulada por su Majestad el Emperador Hirohito y el Gobierno del Japón, cuando asi lo considere oportuno y por un plazo de treinta (Vas, quedando la función Presidencial propia de los diversos asuntos inherentes a la vida administrativa de la Nación, a cargo del Primer Vice-Presidente de la República o del Segundo, si aquel se hallare impedido .

Lo comunicamos a usted, paya su conocimiento y demás fines.

Dios guarde a T Jd.

ALBERTO ARCA PARRO, Presidente del Congreso.

EDUARDO BATTIFORA VILLA, Senador Secretario del Congreso.

JUVENAL PEZO BENAVENTE, Diputado Secretario del Congreso.

Lima, 2 de mayo de 1961.

Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.

MANUEL PRADO.

RICARDO ELIAS APARICIO



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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