Ley Nº 13457

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 13457

LEY N9 13457

Modificándose el Artículo Unico de la Ley N9 9298,, de 22 de enero de 1941, en los términos que se indica.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO l9—Modifícase el artículo único de la Ley N9 9298, de 22 de enero de 1941', en los términos siguientes :

“Artículo Unico.— Declárase “Parque Arqueológico Nacional” y Centro de la Zona Arqueológica y Turística de la Provincia de Huari, e,n el Departamento de Aincash, el área en que se levanta el Tempo-Castillo de Chavín de conformidad con el plano aprobado por Resolución Suprema N9 366-A, de fecha 26 de setiembre del año 1958, expedida por el Ramo de Educación Pública”,

ARTICULO 29—Señálase como límites de la zona arqueológica de Chavín, del punto número 1, situado en la orilla izquierda del río Mosna a 7 m. al sur de los re,stos de una galería subterránea, en el plano respectivo levantado por la Sección Arqueológica del Ministerio de Educación Pública, una recta perpendicular al río Mosna de 87 m, de largo, que asciende aproximadamente al Oeste y cruzando la carretera Hua-raz-Chavín-Huari llega al punto número 2 situado a 2 m, sobre dicha carretera. De este punto una recta de 97 m, que forma con la anterior un ángulo interno de 1279, se dirige al Nor-Oes-te y llega al punto número 3 situado a una; distancia de 5.50 m, de la mencionada carre.tera. Continuando hacia adelante una recta de 68 m, de longitud que forma con la anterior un ángulo interno de 1929 30\ A partir de este pun-

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to se dirige, siempre al Nor-Oeste hasta llegar al punto número 4 que se halla a 20 m, de la carretera, comprendiendo todo su ancho, medidos desde la esquina del edificio principal de dichas ruinas que alcanza hasta la carretera. De este punto una nueva recta de 165 m, formando con la anterior ún ángulo interno de 1979 que también se, dirige hacia el Nor-Oeste hasta llegar al punto número 5 situado sobre una piedra grande. Continuando hacia adelante, con una nueva recta de 105 m, que forma con la anterior un ángulo de 1899 hasta alcanzar el punto número 6. Finalmente de este punto, una recta de 90i m, que forma con la anterior un ángulo interno de 10 O9, dicha recta va a definir en el punto número 7 situado sobre el barranco de, la orilla derecha del río Huachecsa. De este punto los límites de la zona arqueológica de las ruinas de Chavín siguen por la orilla



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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