Tipo de Norma: Ley
Número: 13374
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13374LEY N9 18374
Creando un Plantel de Educación Téc nica en la ciudad de Requena, que se de nominará Instituto Agro Industrial Ni
colás Giner.
EL PRESIDENTE DE LA REPU-BLICA
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO 1°—Créase un Plantel de Educación Técnica en la ciudad de Requena, del Departamento de Loreto, que se denominará Instituto Agro-Industrial Nicolás Giner, como homenaje a la memoria de este Misionero, educador y propulsor del progreso cultural y material de la indicada localidad.
ARTICULO 29—El Instituto tendrá la estructura y organización previstas por el Plan de Reorganización de la E-ducación Técnica para los planteles de esta categoría en la Región de la Selva.
ARTICULO 39—Para el cumplimiento de sus objetivos, el citado Instituto deberá disponer de locales adecuados, talleres y de una estación de experimentación agropecuaria.
ARTICULO 49 — Consígnense en el Presupuesto General de la República las partidas necesarias para su instalación y funcionamiento.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación,
Casa del Congreso, en Lima, a los ocho días del mes de octubre de mil novecientos cincuenta y nueve.
ENRIQUE MARTINELLI TIZON, Presidente del Senado.
JAVIER ORTIZ DE ZEVALLOS, Presidente de la Cámara de Diputados.
PEDRO A. DEL AGUILA HIDALGO, Senador Secretario.
MANUEL B. MONTESINOS, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de febrero de mil novecientos sesenta.
MANUEL PRADO.
JOSE RUBIO.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.