Ley Nº 13294

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 13294

LEY N9 13294

Declarando feriado en ei Departamento de Madre de Dios, el día 26 de diciembre de cada año.

JAVIER ORTIZ DE ZEVALLOS, Presidente del Congreso.

Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente.

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO.—Declárase feriado en el Departamento de Madre de Dios, el día 26 de diciembre de cada año, fecha de la promulgación de la ley de su creación política.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los veinticuatro días del mes de noviembre de mil novecientos cincuentinueve.

Enrique Martinelli Tizón, Presidente del Senado.

Javier Ortiz de Zevallos, Presidente de la Cámara de Diputados.

Pedro A. del Aguila Hidalgo. Sena dor Secretario.

Manuel B. Montesinos. Luputauo cetario.

Al señor Presidente Constitucional de a República.

Por tanto: no habiendo sido promulgada oportunamente por el Poder Ejecutivo, en observancia de lo dispuesto en el artículo 129° de la Constitución, mando se publique y se comunique al Ministerio de Gobierno, para su cumplimiento .

Casa del Congreso, en Lima, a los veintiocho días del mes de diciembre de mil novecientos cincuentinueve.

JAVIER ORTIZ DE ZEVALLOS, Presidente del Congreso.

ENRIQUE VERDEGUEE LOPEZ, Senador Secretario del Congreso.

MANUEL P». MONTESINOS, Diputado Secretario del Congreso.

Lima, 12 de Enero de 1960 .

Cúmplase, comuniqúese, regístrese, pubiíquese y archívese.

CARLOS CARRILLO SMTTH.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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