Tipo de Norma: Ley
Número: 13284
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13284RESOLUCION LEGISLATIVA
N9 13284
nados con el Ramo de Agricultura.
Aprobando los Convenios cuyos nume ros. años y motivos se indican, relacio
Lima, 9 de Diciembre de 1959.
Señor:
El Congreso, en ejercicio de la atribución que le confiere el inciso 219, del artículo 1239 de la Constitución Política del Estado, ha resuelto aprobar el Convenio No. 10, del año 1921, sobre Edad Mínima (Agricultura), el Convenio No. 25, del año 1927, sobre Seguro de Enfermedad (Agricultura), el Convenio No. 29 del año 1930, sobre Trabajo Forzoso; el Convenio No. 36, del año 1933, sobre Segurcf de Vejez (Agricultura) ; el Convenio No. 38, del año 1933, sobre Seguro de Invalidez (Agricultura)el Convenio No. 40, del año 1933 sobre Seguro de Muerte (Agricultura) ; el Convenio N9 52, del año 1936 sobre Vacaciones Pagadas;1 el Convenio No. 81, del año 1947 sobre Inspección del Trabajo; el Convenio No. 99, del año 1951, sobre Métodos para la Aplicación de Salarios Mínimos (Agricultura) j el Convenio No. 100, del año 1951, sobre Igualdad de Remuneración: del Convenio No. 101, del año 1952, sobre Vacaciones Pagadas (Agricultura); Y el Convenio No. 102, del año 1952, sobre Seguridad Social (Norma Mínima).
Lo comunicamos a usted, para su conocimiento y demás fines.
Dios guarde a Ud.
ENRIQUE MARTINELLI TIZON. Presidente del Congreso.
PEDRO A DEL AGUILA HIDALGO. Senador Cecretario del Congreso.
MANUEL B. MONTESINOS, Diputado Secretario del Congreso
Al señor Presidente Constitucional d* la República
Lima, 15 de diciembre de 1959.
Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.
MANUEL PRADO.
RAUL PORRAS BARRENECHEA.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.