Ley Nº 1328

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Tipo de Norma: Ley

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 01328

Res. Leg. N t 1328 Indulto

al reo Julián Casanova

Lima, lo de noviembre de 1910.

*

-Excedo, señor:

El Congreso, en uso de sus facultades constitucionales, ha concedido al reo Julián Casanova el indulto que ha solicitado del tiempo que le falta para cumplir su condena.

Lo comunicamos á V. E. para su conocimiento y demás fines.—Dios guarda á V. E.—Antero Aspíllaga, Presidente del Senado.—Germán Arenas, 1er. Vicepresidente de laCámara de Diputados.— Severiano Bezada, Senador Secretario — Clemente J. Revillar Diputado Secretario.

Al Excmo. Sr. Presidente déla República. Lima. 17 de noviembre de 1910.

Cúmplase, regístrese, comuniqúese, pu-blíqlíese y archívese.—Rúbrica de S. E.— Flores.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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