Ley Nº 13256

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 13256

LEY N9 13256

Autorizando al Concejo Provincial de Lima para que ceda gratuitamente al Gobierno de Francia, el dominio del terreno de su propiedad ubicado en el Jirón Lima N9 454, ubicado en esta Ciudad.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO l9— Autorizase al Concejo Provincial de Lima para que pueda ceder en forma gratuita al Gobierno de Francia, el dominio del terreno de su propiedad ubicado en la ciudad de Lima, jirón Lima No. 454, cuya área actual de 1,944.40 m2., después de realizadas las obras del Malecón Rímac, quedará reducida a 1,114.12 m2.

ARTICULO 29— La cesión se hace eon el objeto de que el Gobierno de Francia construya por su cuenta un efi-ficio para la Alianza Francesa de Lima y para las Oficinas propias de la Misión Diplomática de Francia, y por tanto sin fines comerciales.

ARTICULO 39— En caso de que la construcción no se termine en el plazo de tres años, la propiedad de dicho in

mueble revertirá al Concejo Provincial de Lima sin que quede obligado a indemnizar suma alguna por ningún concepto.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los once días del mes de setiembre de mil novecientos cincuenta y nueve.

ENRIQUE MARTIN ELU TIZON,

Presidente del Senado.

JAVIER ORTIZ DE ZEVALLOS, Presidente de la Cámara de Diputados.

PEDRO A. DEL AGUILA HIDALGO, Senador Secretario.

EMILIO FRIS ANCHO SMITH, Diputado Secretario»

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de setiembre de mil novecientos cincuenti-nueve.

MANUEL PRADO.

CARLOS CARRILLO SMITH.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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