Ley Nº 13068

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 13068

LEY N* 13068

Casa del treinta días novecientos

Creando en la ciudad de Urcos, un Colegio Nacional de Segunda Enseñanza para Varones.

EL PRESIDENTE DE LA REPU-BLICA.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.

Congreso, en Lima, a los del mes de diciembre de mil cincuentiocho.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO 1®—Créase en la ciudad de Urcos, capital de la Provincia de Quispicanchis, del Departamento del Cuzco, un Colegio Nacional de Segunda Enseñanza para Varones que se denominará “Colegio Nacional Mariano Santos”.

RODRIGO FRANCO GUERRA, Presidente del Senado.

JAVIER ORTIZ DE ZEVALLOS, Presidente de la Cámara de Diputados.

CESAREO VID ALON, Senador Secretario.

ATILIO SIVIRICHI TAPIA, Diputado Secretario.

AI señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

ARTICULO 2°— Consígnese en el Presupuesto General de la República la partida que sea necesaria para su instalación y funcionamiento.

AR TÍCULO 3"—El Ministerio de Educación Pública queda encargado del cumplimiento de la presente.

Mando se publique y cumpla.

Dado en la ("asa de Gobierno, en Lima, a los doce) días del mes de Enero de mil novecientos cincuentinueve.

MANUEL PRADO.

EMILIO ROMERO.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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