Ley Nº 1286

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Tipo de Norma: Ley

Número: 1286


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 01286

LEY N 1286

Prorrogando la ley transitoria de elecciones

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cnanto el Congreso ha dado la ley siguiente;

El Congreso de la República Peruana.

Ha dado la ley siguiente:

Artículo I * Prorrógase, para la próxima renovación del tercio legislativo, la ley transitoria de elecciones, de 25 de noviembre de 1908,

Artículo 2 El Congreso y el Poder Ejecutivo, procederán, inmediatamente, á elegir sus delegados á la Junta Electo-



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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