Tipo de Norma: Ley
Número: 1286
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01286LEY N 1286
Prorrogando la ley transitoria de elecciones
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cnanto el Congreso ha dado la ley siguiente;
El Congreso de la República Peruana.
Ha dado la ley siguiente:
Artículo I * Prorrógase, para la próxima renovación del tercio legislativo, la ley transitoria de elecciones, de 25 de noviembre de 1908,
Artículo 2 El Congreso y el Poder Ejecutivo, procederán, inmediatamente, á elegir sus delegados á la Junta Electo-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.