Ley Nº 12822

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 12822

LEY N9 12822

Creando ,una Segunda Sala en la Corte Superior del Distrito Judicial de Lore-to, así como otros cargos judiciales*

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO-

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO l9— Créase una Segunda Sala en la Corte Superior del Distrito Judicial de Loreto, a cuyo efecto se eleva a siete el número de Vocales y a dos el número de Fiscales.

ARTICULO 29— Créase en la misma Corte las plazas de Relator, de Secretario y de dos Auxiliares para atender estos nuevos servicios.

ARTICULO 39— Consígnese en el

Presupuesto General de la República las partidas necesarias para atender la ¡ creación y funcionamiento de la indicada Sala.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los catorce días del mes de marzo de mil novecientos cincuentisiete.

RAUL PORRAS BARRENECHEA, Presidente del Senado.

CARLOS A. LEDGARD, Presidente de la Cámara de Diputados.

E. MARTINELLI TIZON, Senador Secretario.

H. MONZANTE, Diputado Secretario.

Al Señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:-

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lina, a los veintidós días del mes de mar-so de mil novecientos cincuentisiete.

MANUEL PRADO.

AUGUSTO THORNDIKE.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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