Ley Nº 12792

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 12792

LEY N9 12792

Transferencia de la Partida N9 165 del Pliego de Gobierno y Policía del Presupuesto de 1956.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO.— Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar la si-guíente transferencia de partidas en el Pliego de Gobierno y Policía, del Presupuesto General de la República de 1956. hasta por la suma de cuatro mil soles oro (S/o. 4,000.00):

CARLOS A. LEDGARD, Presidente de la Cámara de Diputados.

E. MARTINELLI TIZON, Senador Secretario.

ERNESTO GUZMAN, Diputado Secretario .

Al Señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de febrero de mil noveciento cincuentisiete.

MANUEL PRADO.

JUAN PARDO HEEREN.

De la Partida N9 158, Capítulo IV..... S/o. 4,000.00

A la Partida N9 165, Capítulo V...... S/o. 4,000.00

Totales............S/o. 4,000.00 S/o. 4,000.00

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los ocho días del mes de febrero de mil novecientos cincuentisiete.

RAUL PORRAS BARRENEC.TIEA, Primer Vice-Presidente del Senado.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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