Tipo de Norma: Ley
Número: 1278
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01278LffiT N,° 1278
Comisiones demarcadoras
de límites
con Bolivia y el Brasil
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana
Ha dado la ley siguiente:
Artículo único.—Consígnese en el presupuesto general de la República para e)
presente año, la cantidad de cinco mil libras, para atender á los gastos que demanden las comisiones demarcadoras <ie límites con Bolivia y el Brasil.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.