Tipo de Norma: Ley
Número: 12656
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12656LEY N9 12656
Dando el lumtbre de Mesones Muro a If
carretera Olmos-Porculla-Marañón.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO l9—Denomínase carretera Mesones Muro a la carretera Olmos-Porculla-Marañón, como merecido ho-menaj e al infatigable y abnegado explorador lambayecano don Manuel Antonio Mesones Muro, quien descubrió dicha vía y propuso su trazo.
ARTICULO 29—Coloqúese en el abra de la cordillera Cuello deTulte-Porculla, una placa de bronce con su correspondiente leyenda alusiva.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los once días del mes de setiembre de mil novecientos cincuentiseis.
JOSE GALVEZ, Presidente del Senado.
CARLOS A. LEDGARD, Presidente de la Cámara de Diputados.
E. MARTINELLI TIZON, Senador Secretario.
ERNESTO GUZMAN, Diputado Secretario .
Al Señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lama, a los trece días del mes de setiembre de mil novecientos cincuentiseis.
MANUEL PRADO.
CARLOS ALZAMORA.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.