Tipo de Norma: Ley
Número: 12634
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12634LEY N9 12634
Restableciendo el distrito de Miraflorts en la provincia del Cercado de Arequipa.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
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El Congreso ha dado la ley siguiente :
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO l9— Restablécese el Distrito de Miraflores, en la Provincia del cercado de Arequipa, del Departamento del mismo nombre.
ARTICULO 29— Los límites del Distrito serán los siguientes: por el Norte, las estribaciones del Misti, (Ba-teones, Ollería) ; por el Este, la tercera torrentera, que lo separa del Distrito de Pancarpata; por el Sur, las calles Arica, Manuel Muñoz Nájar, Avenida Mariscal Castilla y su prolongación hasta la tercera torrentera; y por el Oeste, la torrentera de San Lázaro.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los veintiséis días del mes de enero de mil novecientos cincuentiséis.
HECTOR BOZA, Presidente ele! Senado .
CARLOS RODRIGUEZ PASTOR, 1er. Vice-Presidente de la Cámara de Diputados.
E. FONTCUBERTA, Senador Secretario.
F. CARRION MATOS, Diputado Secretario.
Al Señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Gasa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de febrero de mil novecientos cincuentiséis.
MANUEL A. ODRIA.
A. VILLACORTA.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.