Ley Nº 126

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Tipo de Norma: Ley

Número: 126


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 00126

Res. leg. No. 126

Pensióná Orestes Vizcarra

Lima, 7# c/e noviembre ele 1905. Exorno. Señor:

El Congreso, accediendo á la solicitud de don Orestes \ ízcarra, ex inspector del resguardo de la aduana de Iqtuque v sobreviviente de la batalla de Arica, ha resuelto concederle, como pensión de gracia, el íntegro del haber de seis libras, seis soles sesentiseis centavos (£ 6.6.60]' que disfrutaba en el indicado empieo.

Lo comunicamos á V. E. para su conocimiento y denicás fines.

Dios guarde á V. I-;. - \i. IRIG(»yen, Presidente del Senado. — Antonio Miró

Ouesada, Diputado Presidente. — fosé

Manuel García, Senador Seeretari'o. — Luis Julio Menénclez, Diputado Secreta-

rio.

Excmo. señor Presidente de la República.

Limn, 20 de noviembre de 1905.

Cúmplase, comuniqúese, regístrese v publíquese.—Rúbrica de S. E. - Muñiz. '



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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