Ley Nº 125

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 125

Tipo de Norma: Ley

Número: 125


Visualización de la norma: Ley 125



Descargar Ley 125 en PDF -

documento PDF

 00125

Res. leg. No. 125 Montepío á la viuda éhija del coronel Palomino

Lima, 18 de noviembre de 1905.

Excmo. Señor:

El Congreso, en mérito de los servicios prestados á la nación por el coronel graduado don Romualdo Palomino, ha resuelto conceder á su viuda doña María Torres Valdivia, y á su hija doña Juana Rosa Palomino, como pensión de montepío, el valor de las dos terceras partes del haber que aquel disfrutaba en la época de su fallecimiento.

Lo comunicamos á V. E. para su conocimiento y demás fines.

Dios guarde á V. E. — M. Irigoyev, Presidente del Senado.— Antonio Miró Quesada, Diputado Presidente. — José Manuel Garcíay Senador Secretario.— Fermín Málaga Santolalla, Secretario de la Cámara de Diputados.

Excmo. señor Presidente de la República.

Limay 20 de noviembre de 1905.

Cúmplase, comuniqúese, regístrese y publíquese.—Rúbrica de S. EMuñiz.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos