Ley Nº 12510

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Número: 12510


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 12510

LEY N9 12510

Transferencia a la partida N9 144 del Pliego de Gobierno y Policía del Presupuesto de 1955.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

Ha dado la ley siguiente;

ARTICULO UNICO.—Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar la siguiente transferencia de partida en el Pliego de Gobierno y Policía, del Presupuesto General de la República, en vigencia, hasta por la suma de cuarenti-trés mil soles oro (S/o. 48,000.00) :

De la Partida N9 28, Cap. I......S/o. 43,000.00

A „ „ „ 144, „ II . . . . S/o. 43,000.00

TOTALES............S/o. 43,000.00 S/o. 43,000.00

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los veintidós días del mes de diciembre de mil novecientos cincuenticineo.

HECTOR BOZA, Presidente del Senado.

EDUARDO MIRANDA SOUSA, Presidente de la Cámara de Diputados.

E. FONTCUBERTA, Senador Secretario.

JOSE VALDIVIA MANCHEGO, Diputado Secretario.

r

AI Señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treintiún días del mes de diciembre de mil novecientos cmeuenti-cinco.

MANUEL A. ODRIA.

ROQUE A. SALDIAS.

* *



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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