Tipo de Norma: Ley
Número: 12459
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12459LEY N9 12459
Creando un Juzgado de Paz Letrado en la ciudad de Coracora, capital de la provincia de Parinacochas.
EDUADG MIRANDA SOUSA.
PRESIDENTE DEL CONGRESO.
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO l9—Créase un Juzgado de Paz Letrado, con sede en la ciudad de Coracora, capital de la Provincia de Parinacochas, del Departamento de A-yacucho.
ARTICULO 29—Consígnese en el Presupuesto General de la República la partida necesaria para su funciona^ miento.
ARTICULO 39—El Ministerio de Justicia y Culto queda encargado del cumplimiento de la presente ley.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo pa
ra su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los veintitrés días del mes de diciembre de mil novecientos cincuentitrés.
JULIO DE LA PIEDRA. Presidente del Senado.
JUAN MANUEL PEÑA, Presidente de la Cámara de Diputados.
ALBERTO ARISPE, Senador Secretario .
ISAIAS MENDEZ MUÑOZ, Diputado Secretario.
Al Señor Presidente Constitucional de la República..
Por tanto: no habiendo sido promulgada oportunamente por el Poder Ejecutivo, en observancia de lo dispuesto en el artículo 1299 de la Constitución, mando se publique y se comunique al Ministerio de Justicia y Culto, para su cumplimiento.
Casa del Congreso, en Lima, a los veintidós días del mes de noviembre de mil novecientos cincuenticinco.
EDUARDO MIRANDA SOUSA, Presidente del Congreso.
N. GAMBETTA, Senador Secretario del Congreso.
JOSE VALDIVIA MANCHEGO, Diputado Secretario del Congreso.
Lima, dos de diciembre de mil novecientos cincuenticinco.
Cúmplase comuniqúese, publíquese, regístrese y archívese.
ALEJANDRO FREUNDT ROSELL.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.