Tipo de Norma: Ley
Número: 12442
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12442LEY N9 12442
Autorizando al Concejo Provincial de Lamas para vender terrenos de su propiedad y dedicar el producto a la cons
trucción de tanques y reserve ríos de
agua potable.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO l9— Autorízase al Concejo Provincial de Lamas oara vender en pública subasta los terrenos de su propiedad.
ARTICULO 29—El producto de estas ventas se invertirá, por el Concejo mencionado, en la construcción de tanques y reservorios para el abastecimiento de agua a la población, previos los estudios y planos aprobados por el Ministerio de Fomento y Obras Públicas.
HECTOR BOZA, Presidente del Senado.
EDUARDO MIRANDA SOUSA, Presidente de la Cámara de Diputados.
E. FONTCUBERTA, Senador Secretario.
F. CARRION MATOS, Diputado Secretario.
Al Señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de noviembre de mil novecientos eincuen-ticinco.
MANUEL A. ODRIA.
EMILIO GUIMOYE.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los veintiséis días del mes de octubre de mil novecientos cincuenticineo.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.