Tipo de Norma: Ley
Número: 12367
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12367LEY N9 12367
Creando un Juzgado de Paz Letrado en la ciudad de Pampas, capital de la provincia de Tay acaja.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO;
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO l9—Créase un Juzgado de Paz Letrado en la ciudad de Pampas, capital de la Provincia de Tayacajá, del Departamento de Huancavelica.
ARTICULO 29— Consígnele en el Presupuesto General de la República las partidas necesarias para su sostenimiento.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los veinte días del mes de junio de mil novecientos cincuenticinco.
HECTOR BOZA Presidente del Senado.
EDUARDO MIRANDA SOUSA, Presidente de la Cámara de Diputados.
t
E. FONTCUBERTA, Senador Secretario.
JOSE VALDIVIA,MANCHEGO, Diputado Secretario.
Al Señor Presidente Constitucional de
la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de junio de mil novecientos cincuenticinco.
MANUEL A. ODRIA
Alejandro Freundt Rosell.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.