Ley Nº 12330

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 12330

LEY N9 12330

Adjudicando a la Parroquia de Nuestra Señora del Pilar, de Arequipa, terrenos fiscales en la Urbanización María Isabel, para la construcción de una Osa de Asistencia Social, un' Jardín de la Infancia y un local escolar para hijos de

obreros.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

Ha dado la ley siguiente :

ARTICULO l9—Adjudiqúese a la Parroquia de Nuestra Señora del Pilar, de la ciudad de Arequipa, el lote de 1,193.60 m2. de terrenos de propiedad fiscal, ubicado en la Urbanización María Isabel, entre las calles Agricultura y Socabaya Alto, y el mismo que está registrado con el No. 40 en el Margesí de Bienes Nacionales.

ARTICULO 29—En el citado terreno se construirá la Casa de Asistencia Social de la Parroquia de Nuestra Señora del Pilar, un Jardín de la Infancia y un local escolar, dedicados a la educación de los hijos de obreros y de las clases más necesitadas.

ARTICULO 39—El terreno cedido gratuitamente por el Estado a la Parroquia en referencia no podrá destinarse a otra obra que no sea la determinada en el artículo anterior.

ARTICULO 49—Autorízase a la Dirección de Bienes Nacionales del Ministerio de Hacienda y Comercio, para que suscriba la escritura de adjudicación, con el Párroco de Nuestra Señora del Pilar, en las condiciones que determinan las leyes de la materia.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los veinte días de1 mes de mayo de mil novecientos cincuenticinco.

HECTOR BOZA Presidente del Senado.

EDUARDO MIRANDA SOUSA, Presidente de la Cámara de Diputados.

E. FONTCUBERTA, Senador Secretario.

F. CARRION MATOS, Diputado Secretario.

Al Señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Li-ma, a los diez días del mes de junio de mil novecientos cincuenticinco*

MANUEL A. ODRIA.

Emilio Guimoye.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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