Ley Nº 12319

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 12319

Tipo de Norma: Ley

Número: 12319


Visualización de la norma: Ley 12319



Descargar Ley 12319 en PDF -

documento PDF

 12319

RESOLUCION LEGISLATIVA

N* 12319

Mandando regular con arreglo a la escala de sueldos vigente la pensión de montepío que percibe doña María Tejes.* Dávila de Mesía, viuda del que fuá Teniente Primero de la Armada don Miguel Mesía Pizarro.

Lima, 30 de abril de 1955.

Dios guarde a Ud.

• HECTOR BOZA Presidente del Senado.

EDUARDO MIRANDA SOUSA, Presidente de la Cámara de Diputados.

Señor:

El Congreso, en vista de la iniciativa del Poder Ejecutivo formulada de acuerdo con la atribución que le confiere el artículo 1209 de la Constitución Política del Estado, y teniendo en cuenta, los meritorios servicios prestados a la Nación por el Teniente Primero de la Armada, don Miguel Mesía Pizarro, especialmente durante el conflicto con Colombia, ha resuelto que la pensión de montepío que percibe su viuda doña María Teresa Dávila de Mesía, se regule con arreglo a la escala de sueldos vigente.

Lo comunicamos a usted, para su conocimiento y demás fines.

E. FONTCUBERTA, Senador Secretario.

E. CARRION MATOS, Diputado Secretario.

Al Señor Presidente Constitucional de k República.

Lima, dieciseis de mayo de mil novecientos cincuenticinco.

Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.

MANUEL A. ODRIA.

Alejandro Freundt Roaell.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos