Tipo de Norma: Ley
Número: 12313
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12313LEY N9 12313
Creando el distrito de Paucas en la provincia de HuarLEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO 1*—Créase el Distrito de Paüeas, en la Provincia de Huari, del Departamento de Ancash, que tendrá por capital el pueblo del mismo
nombre.
ARTICULO 29—El Distrito que se crea por el artículo anterior, tendrá como anexos los centros poblados de Viscas, Millpog, Yura, Charan y Vilcabam-ba.
ARTICULO 39—Los límites de este nuevo Distrito, serán los siguientes:
Por el Norte, el lado izquierdo del río Marañón, desde la desembocadura del
río Puchca hasta la desembocadura de la quebrada de Tulla en el mismo río Marañón; por el Este, la quebrada de Tulla hasta la punta de Ichanca; per el Sur y Oeste, desde la punta de Ichanca, una línea que pasa por las cumbres de
Quechicapata, Santa Bella Cruz, Cuchi-machay, Capilla-Machay y San Cristóbal, sigue por la quebrada de Puchuya-co hasta el río Puchca, y, aguas abajo de este río, hasta su desembocadura en el río Marañón, lugar donde se comenzó esta delimitación.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los dos días del mes de mayo de mil novecientos cincuenticinco.
HECTOR BOZA Presidente del Senado.
EDUARDO MIRANDA SOUSA, Presidente de la Cámara de Diputados.
E. FONTCUBERTA, Senador Secretario.
F. CARRION MATOS, Diputado Secretario.
Al Señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, !en Lima, a los diez días del mes de mayo de
md novecientos cincuenticinco.
MANUEL A. ODRIA.Augusto Romero Lovo.(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.