Tipo de Norma: Ley
Número: 1215
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01215LEY N.° 1215
Elecciones municipales
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICAPor cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:El Congreso de la República Peruana Ha dado la lejr siguiente:
Art. l.°—El l.° y 2 de noviembre de 1910 se renovará el personal de todos los concejos municipales de la Repviblica, quedando aplazadas las elecciones que con ese objeto debieron practicarse en los mismos días del presente año.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.