Tipo de Norma: Ley
Número: 11878
documento PDF
11878LEY N« 11878
Transferencia para habilitar la partida N9 60 del Pliego de Educación Pública del Presupuesto General de 1952.
EL PRESIDENTE DE LA REPU
BLICA
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO UNICO.—Autorízase al Poder Ejecutivo nara efectuar la siguiente transferencia de partidas en el Pliego de Educación Pública, del Presupuesto General de la República, en vigencia, hasta por la suma de treinta mil soles oro (S/o. 30,000.00).
De la Partida N9 66, Cap. III S/o
A la Partida N9 60, Cap. II
JULIO DE LA PIEDRA, Presidente del Senado.
J. M. PEÑA, Presidente de la Cámara de Diputados.
ALBERTO A RISPE, Senador Secretario.
R. REVOREDO, Diputado Secretario.
Al Señor Presidente Constitucional de a República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
30,000.00
S/o. 30,000.00
Total: S/o.
30,000.00 S/o. 30,000.00
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los treintiún días del mes de octubre de mil novecientos cincuentidós.
Dado en la Casa de Gobierno, en Li ma, a los siete días del mes de noviem bre de mil novecientos cincuentidós.
MANUEL A. 0DRIA.
EMILIO ROMERO.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.