Ley Nº 11800

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 11800

LEY N* 11800

Consignando suma en el Presupuesto General con destino a las obras para la red de distribución eléctrica de la ciudad

de Cajamarca

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado La ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO.— Consígnese en el Presupuesto General de la República, la suma de setecientos noventidos mil doscientos tréintiseis soles oro y ochenta centavos (S/o. 792,236.80), con des* tino a las obras para la red de distribución eléctrica de la ciudad de Caja-marca, a que se contrae el presupuesto estimativo aprobado por Resolución Suprema No 32, de 17 de diciembre de 1951.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los veinte días del mes de marzo de mil novecientos cincuentidos.

HECTOR BOZA, Presidente del Senado.

C. FERNANDEZ CONCHA, Presidente de la Cámara de Diputados.

MANUEL B. LLOSA, Senador Se-cretaífo.

MOISES ALVAREZ AMARILLO,

Diputado Secretario.

Al Señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lí-ma, a los veintiocho días del mes de marzo de mil novecientos cincuentidos,

MANUEL A. O DRIA.

C. SALAZAR SOUTHWELL



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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