Ley Nº 11797

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 11797

LEY N* 11797

Qn&náo un Colegio Nacional de Educa* tío'n Secundaria en la ciudad de Ornate, capital de la provincia de Sánchez Ce* rro, que se denominará “Colegio Mariscal Domingo Nieto”.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO lo.-—Créase un Colegio Nacional de Educación Secundaria en la ciudad de Omate, capital de la Provincia Sánchez Cerro, del Departamento de Moquegua, el que se denominará “Colegio Mariscal Domingo Nieto”.

ARTICULO 2o.—En dicho Colegio funcionará una Sección de Educación Secundaria, con los tres años correspondentes al primer ciclo de estudios y Secciones Técnicas Agro-Pecuarias.

ARTICULO 3o.—Consígnase en el Presupuesto General de la República, anualmente, a partir del próximo año, las partidas necesarias para el funcionamiento del expresado Colegio.

Comuniqúese ai Poder Ejecutivo* para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los ocho días del mes de marzo de mil novecientos cincuentidos.

HECTOR BOZA, Presidente del Senado.

C. FERNANDEZ CONCHA, Presidente de la Cámara de Diputados.

MANUEL B. LLOSA, Senador Secretario.

NAZARIO CHAVEZ ALIAGA, Diputado Secretario.

Al Señor Presidente Constitucional déla República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de

marzo de mil novecientos cincuentidos.

%

MANI] EL A. ODRIA.

JUAN MENDOZA R.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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