Tipo de Norma: Ley
Número: 11696
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11696LEY N* 11696
Autorizando ai Poder Ejecutivo para contratar con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento y el Banco de Exportación é Importación de Washington, préstamos destinados a llevar adelante el plan nacional de irrigado nes, de alimentos, equipos para puertos
y demás obras publicas.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO UNICO.— Autorízase al Poder Ejecutivo para contratar con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento y el Banco de Exportación e Importación, de Washington, préstamos destinados a llevar adelante el plan nacional de irrigaciones, de alimentos, equipo para puertos y demás obras públicas hasta por un total de sesenta millones de dólares (U.S. 60’000.000.00) préstamos que no excederán del plazo
de 30 años y cuyo tipo de interés máximo será de 5 % al año. En el Presupuesto General de la República se consignarán las sumas anuales correspondientes para hacer los respectivos servicios de amortización e intereses.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los dieciseis días del mes de enero de mil novecientos cincuentidos.
HECTOR BOZA, Presidente del Senado.
C. FERNANDEZ CONCHA, Presi. dente de la Cámara de Diputados.
MANUEL B. LLOSA, Senador Secretario .
MOISES ALVAREZ AMARILLO, Diputado Secretario.
Al Señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Li* ma, a los dieciseis días del mes de ene* ro de mil novecientos cincuentidos.
MANUEL A. ODRIA.
A. F. DASSO.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.