Tipo de Norma: Ley
Número: 11625
documento PDF
11625LEY N* 11625
preponiendo que quedan comprendidas esi la Ley* N* 4126 las ciudades de Huan-ta, Coracora, Puquio, San Miguel. Huancapi y Cangallo, del Departamento de Ay acucho; y, mandando metalar servicios de agua y desagüe en dichas
ciudades.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO lo.—Quedan comprendidas en las disposiciones de la ley 4126 las ciudades de Huanta, Coracora, Puquio, San Miguel, Huancapi y Cangallo, del departamento de Ayacucho.
ARTICULO 2o.—El Poder Ejecutivo dispondrá lp conveniente para la instalación de los servicios de agua y desagüe en las ciudades indicadas, una vez aprobados los estudios.
Casa del Congreso, en Lima, a los veintinueve días del mes de setiembre de mil novecientos cincuentiuno.
HECTOR ROZA, Presidente del Senado.
C. FERNANDEZ CONCHA, Presidente de la Cámara de Diputados.
MANUEL B. LLOSA. Senador Sí cretario
MOISES ALVAREZ AMARILLO, Diputado Secretario.
Al Señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Li ma, a los ocho dias del mes de octubre de mil novecientos cincuentiuno.
MANUEL A. ODRIA.
C. SÁLAZAR SOUTHWELL
Comuniqúese al Poder Ejecutiva pa~ ra su promulgación. *
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.