Tipo de Norma: Ley
Número: 11575
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11575 LEY N* 11575Transferencias para habilitar las Partidas Nos. 8, 15, 17, 34, 42, 55, 66 y 68 del Pliego de Gobierno y Policía del Presupuesto General de 1950.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente :
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO UNICO.— Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar las siguientes transferencias de partidas en el Pliego de Gobierno y Policía del Presupuesto General de la República, en vigencia, hasta por la suma de trescientos sesentiocho mil seiscientos soles oro (S/o. 368,600.00);
S/o.
8,000.00
s/o.
3400.00
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1,100100
ff
1,100.00
m
4,000.00
n
4400.00
m
¿6,00000
n
¿0400.00
Ba W Part. No. #5, Cap. IV......
A la Part. No. 8, Ckp. I......
Pe Ja Part. No. 95, Cap. IV.......
A la Part No. 15, Cap. I
Do la Part. No, 95, Cap. IV.......
A la Part. No. 17, Cap. I .......
De la Part No. Si, Cap. IV.......
A la Part. Na. 34, Cap. 1.......
De la Part. No. 95, Cftp. IV 8/o 86,40000
» „ „ „ 99, „ „ 20,000.00De
la
Part.
No.
101, Cap. IV
a/9. 80400.00
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,, 2400.00
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„ 41,100.00
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Part.
So.
43, Cap. I
De
la
Part.
No.
130, Cap. IV
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„ 4,100.00
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la
Part.
No.
06, Cap. ti
De
la
Part.
No.
135, Cap. IV
S/«. 1,292.00
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„ 28,708.00
A
la
Part.
No.
00, Cap. 111
De
la
Part.
No.
179, Cap. IV
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08, Cap. III
TOTALES.
S/o 930,000.00
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43,000.00
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30,000.00
n
30,000.00
2,000.00
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2,000,00
368,000.00
S/o.
368,000.00
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.