Ley Nº 11538

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 11538

LEY N* 11538

Mandando consignad partida en el Presupuesto General de 1951, para los gastos de celebración del IV Centenario de la Fundación de la Universidad Mayor de

San Marcos.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguien-

+P •

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO 1°.— Consígnese en el Presupuesto Genera! de la República para el año 1951 una partida específica por la suma de tres millones de soles, denominada “Celebración del IV Centenario de la Fundación de la Universidad Mayor de San Marcos”, para atender a los gastos que demande esa efemérides.

ARTICULO 2°.— La Universidad

Mayor de San Marcos invertirá el subsidio de tres millones de soles en la ejecución del Programa de la Celebración del IV Centenario de su Fundación y en las reparaciones de los locales en que funciona.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los nueve días del mes de diciembre de mil novecientos cincuenta.

HECTOR BOZA, Presidente del Senado.

C FERNANDEZ CONCHA, Presidente de la Cámara de Diputados.

MANUEL B. LLOSA, Senador Secretario.

MOISES ALVAREZ AMARILLO, Diputado Secretario.

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Al Señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de diciembre de mil novecientos cincuenta.

MANUEL A. ODRIA.

A. F. DASSO.

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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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