Tipo de Norma: Ley
Número: 11534
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11534LEY N* 11534
Declarando Institución de Bien Públi co la Asociación Peruana de Caminos.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
A ríTiriIT.O ITNTCO. — Declárase
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.