Ley Nº 11513

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 11513

Tipo de Norma: Ley

Número: 11513


Visualización de la norma: Ley 11513



Descargar Ley 11513 en PDF -

documento PDF

 11513

LEY N* 11513

Crédito suplementario a la partida No. 154 del Pliego de Educación Pública del Presupuesto General de 1950, con el fin de otorgar subsidios al Colegio Militar “Leoncio Prado”, Institutos Pedagógicos Nacionales de varones y moje res y Politécnico Nacional, para cubrir el mayor costo de los tipos de racionamiento.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Congreso ha dado ]a ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO' UNICO.—Autorízase al Poder Ejecutivo para que efectúe la apertura de un crédito suplementario por la suma de quinientos mil soles oro (S/o. 500,000.00), a fin de habilitar la Partida N* 154 —Imprevistos— del Pliego de Educación Pública del Presupuesto General de la República, en vigencia, con el exclusivo objeto de otorgar subsidios a favor del Colegio Militar “Leoncio Prado” del Callao, de los Institutos Pedagógicos Nacionales de varones y mujeres y del Politécnico Nacional, destinados á cubrir el mayor costo de los tipos de racionamiento.

Este crédito será cubierto con cargo a los mayores ingresos que se obtengan en el ejercicio presupuestal del presente año.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los seis días del mes de noviembre de mil novecientos cincuenta.

HECTOR BOZA, Presidente del Senado.

C. FERNANDEZ CONCHA, Presidente de la Cámara de Diputados.

MANUEL B. LLOSA. Senador Secretario.

M. ALVAREZ AMARILLO, Diputado Secretario r

Al Señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de noviembre de mil novecientos cincuenta.

MANUEL A. ODRIA.

A. F. DASSO.

* *



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos