Tipo de Norma: Ley
Número: 11504
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11504LEY N9 11504
Mandando erigir un obelisco en la Plaza de la Bahía de Paracas, que perpetúe el hecho histórico del desembarco de la Expedición Libertadora comandada por el Generalísimo don José de San Martín.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO l9.—Eríjase en la Plaza de la Bahía de Paracas, como expresión de la gratitud nacional, un obelisco con una placa de bronce que perpetúe el hecho histórico del desembarco de la Expedición Libertadora comandada por el Generalísimo don José de San Martín, Procer Máximo de nuestra Independencia, el 8 de setiembre de 1820.
ARTICULO 29.— El Poder Ejecutivo dictará las medidas convenientes pará
el mejor cumplimiento de esta ley.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los dieciocho días del mes de setiembre de mil novecientos cincuenta.
HECTOR BOZA, Presidente del Senado.
C. FERNANDEZ CONCHA, Presidente de la Cámara de Diputados.
MjANUEL B. LLOSA, Senador Secretario.
MOISES ALVAREZ AMARILLO, Diputado Secretario.
Al Señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de octubre de mil novecientos cincuenta i
MANUEL A. ODRIA.
ZENON NORIEGA.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.