Ley Nº 11477

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 11477

Tipo de Norma: Ley

Número: 11477


Visualización de la norma: Ley 11477



Descargar Ley 11477 en PDF -

documento PDF

 11477

DECRETOLEY No. 11477

Transferencia para habilitar la partida No. 42 del Pliego de Gobierno y Policía del Presupuesto General de 1950.

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Por cuanto:

La Junta Militar de Gobierno ha dado el siguiente Decreto-Ley;

LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Considerando:

Que ia suma asignada a la Partida N1 42, del Capítulo I, del Pliego de Gobierno y Policía del Presupuesto General de la República vigente ha resultado insuficiente para atender los gastos de carácter imprevisto a que está destinada;

Que existe saldo de libre disposición en la Partida No. 133, del Capítulo IV, del mismo Pliego y Presupuesto;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17o. de la Ley Orgánica de Presupuesto No. 4598;

De acuerdo con lo informado por la Contraloría General de la República, y la Dirección de Presupuesto.

En uso de las facultades de que está investida;

Ha dado el Decreto-Ley siguiente:

Artículo único.— Autorizase al Ministerio de Hacienda y Comercio para efec -tuar la siguiente transferencia de partidas en el Pliego de Gobierno - y Policía del Presupuesto General de la República, en vigencia, hasta por la suma de DOSCIENTOS MIL SOLES ORO (S/o. 200,000.00):

De la Partida N* 133, Capítulo IV____S/o. 200,000.00

A la Partida Np 42, Capítulo I........................S/o. 200,000.00

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del raes de ju>-lío de mil novecientos cincuenta.

General de Brigada Zenón Noriega, Presidente de la Junta Militar de Gobierno y Ministro de Guerra.

Contralmirante Roque A. Saldías, Ministro de Marina.

General de Brigada Armando Artola, Ministro de Trabajo y Asuntos Indígenas.

General C.A.P José C. Villanueva Ministro de Aeronáutica.

Contralmirante Ernesto Rodríguez, Ministro de Relaciones Exteriores.

General de Brigada Emilio Pereyra Marquina, Ministro de Hacienda y Comercio.

Coronel Juan Mendoza. Ministro de Educación Pública.

Coronel Alberto López, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.

Coronel Alberto León Díaz, Ministro de Agricultura.

Teniente Coronel Augusto Romero Lovo, Ministro de Justicia y Culto.

Teniente Coronel Augusto ViUacorta, Ministro de Gobierno y Policía.

Teniente Coronel José del C. Cabré jo. Ministro de Fomento y Obras públicas.

Por tanto:

Mando se imprima, publique y circule y se le dé el debido cumplimiento.

Lima, 18 de julio de 1950.

ZENON NORIEGA.

Emilio Pereyra.

*

* *



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos