Tipo de Norma: Ley
Número: 1140
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01140Res. Leg. N.° 1140
Permiso á don Pómulo Guidino
Lima, 25 de octubre de 1909. Excmo. Señor:
El Congreso ha resuelto conceder ni ciudadano don Róniulo L. Guidino, el permiso que, de conformidad con lo prescrito en el inciso 4.° del artículo 41 de la Constitución, ha solicitado para aceptar y ejercer en el puerto de Paita, el cargo ele agente consular que le ha conferido el gobierno de S. M. el Rey de Italia.
Lo comunicamos á V. E. para su conocimiento y demás fines.
Dios guarde á V. E.—Antero Aspí-llaga, Presidente del Senado.—Germán Arenas, 1er. Vice-presidente de la Cámara de diputados.—José Manuel García, Senador Secretario.—Carlos M. Olivera, Diputado Pro-Secretario.
Al Excmo. Señor Presidente de la Repú blica.
Lima, 10 de noviembre de 1909.
Cúmplase, regístrese, comuniqúese y publíquese.—Rúbrica de S. E.—Porras.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.