Tipo de Norma: Ley
Número: 11360
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11360DECRETO-LEY N“ 11560
Autorizando la transferencia de un terreno ubicado en la Urbanización Miraflo-res a la Sociedad Mu tu alista de Suboficiales y Empleados Civiles de Aeronáutica, para la construcción de su local social y viviendas de los socios.
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
Por cuanto;
La Junta Militar de Gobierno ha dado el Decreto-Ley siguiente:
LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO Considerando:
Que la Sociedad Mutualista de Suboficiales y Empleados Civiles de Aeronáutica ha solicitado la ayuda del Supremo Gobierno, en el sentido de que se le conceda un terreno para levantar su local social y construir un número de departamentos para vivienda de sus socios :
Existiendo un terreno disponible en la Urbanización Miraflores, el que es adecuado para las necesidades que enumera la referida Sociedad Mutualista; y
En uso de las facultades de que está investida;
Decreta:
Artículo único*— Autorizase al Ministerio de Hacienda y Comercio para que trasfiera a título gratuito a la Sociedad Mutualista de Sub-Oficiales y Empleados Civiles de Aeronáutica el terreno signado con los lotes 75, 85 y 86 de la manzana *‘G” de la Urbanización Mira-flores, con un área total de 1,843 metros cuadrados y que se dedicará exclusiva-mente para la construcción del local-social y viviendas de los socios de la referida Institución
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de mayo de mil novecientos cincuenta.
General de Brigada Manuel A. Odria, Presidente de la Junta Militar de Gobierno .
General de Brigada Zenón Noriega, Ministro de Guerra.
Contralmirante Roque A. Saldías, Ministro de Marina.
General de Brigada Armando Artola, Ministro de Trabajo y Asuntos Indígenas.
General C.A.P. José C. Vi lian ueva. Ministro de Aeronáutica
Contralmirante Ernesto Rodríguez, Ministro de Relaciones Exteriores.
General de Brigada Emilio Pereyra Mar quina. Ministro de HacfendaTy Comercio.
Coronel Juan Mendoza K., Ministro de Educación Pública.
Coronel Alberto López, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.
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Coronel Alberto León Díaz, Ministro fie Agricultura.
Teniente Coronel Augusto Romero Lovo, Ministro de Justicia y Culto.
Teniente Coronel Augusto Villacorta Ministro de Gobierno y Policía.
Teniente Coronel José del C. Cabrejo, Ministro de Fomento y Obras Públicas.
Por tanto;
Mando se imprima, publique y circule y sg le dé el debido cumplimiento.
Lima, 12 de mayo de 1950.
MANUEL A. ODRIA.
Emilio Pereyra.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.