Ley Nº 11292

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 11292

DECRETO-LEY N" 11292

Declarando de necesidad y utilidad públicas la expropiación de los inmuebles contiguos al nuevo edificio del Ministerio de Hacienda, para la construcción d*»

un parque.

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Por cuanto:

La Junta Militar de Gobierno ha dado el Decreto-Ley siguiente:

LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Considerando:

Que en el nuevo local del Ministerio de Hacienda y Comercio, actualmente en construcción, van a funcionar todas las dependencias del citado Ramo y, por consiguiente, el referido edificio va a ser centro de gran afluencia de público ,

Que, en consecuencia, teniendo en cuenta esta circunstancia, es conveniente dictar desde ahora las disposiciones más eficaces para facilitar el tráfico Intenso de vehículos, su estacionamiento en esta zona y el ingreso del publico al mencionado edificio;

Que, por otra parte, es necesario hacer resaltar la belleza arquitectónica de dicha obra mediante la construcción de un parque;

En uso de las facultades de que está investida;

Decreta:

I*—Declárase de necesidad y utilidad públicas la expropiación de los in muebles de la manzana situada inmediatamente al Este del nuevo edificio del Ministerio de Hacienda y Comercio, dentro de los siguientes límites:

112 metros de frente en la sexta cuadra del Jirón Urubamba (Calle de Llanos) ;

64.45 metros de profundidad; en las sextas cuadras de los Jirones Antonio Miró Quesada (Calle Santa Rosa de las Monjas) y Cuzco (Calle Zamudio), respectivamente; y

2Í'—Autorizase al Ministerio de Hacienda y Comercio para organizar los expedientes administrativos de expropiación, de conformidad con la Ley No. 9125, debiendo aplicarse el egreso que ocasione esta expropiación a las economías que ha efectuado el citado Ramo durante 1949.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de febrero de mil novecientos cincuenta.

General dé Brigada Manuel A. Odría, Presidente de la Junta Militar de Gobierno .

General de Brigada Zenón Noriega, Ministro de Guerra.

Contralmirante Roque A. Saldías, Ministro de Marina.

General de Brigada Armando Artola, Ministro de Trabajo y Asuntos Indígenas.

General C.A.P. José C. Vfllanueva, Ministro de Aeronáutica.

Contralmirante Ernesto Rodríguez, Ministro de Relaciones Exteriores.

Genera] de Brigada Emilio Pereyra Marquina, Ministro de Hacienda y Comercio.

Coronel Juan Mendoza, Ministro de Educación Pública.

Coronel Alberto López, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.

Coronel Alberto León Díaz, Ministro de Agricultura.

Teniente Coronel Augusto Romero Loto, Ministro de Justicia y Culto.

Teniente Coronel Augusto Villacorta, Ministro de Gobierno y Policía.

Teniente Coronel José 'del C. Cabré jo. Ministro de Fomento y Obras Públicas.

Por tanto:

Mando se imprima, publique y circule y se le dé el debido cumplimiento.

Lima, 17 de febrero de 1950.

MANUEL A. ODRIA.

Emilio Pereyra Marquina.

112 metros por el fondo.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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