Ley Nº 1127

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 01127

Res. Leg.N° 1127 Indulto del reo Arturo Valdez Cáceres

Lima, 18 de octubre de 1909. Excmó. Señor:

£1 Congreso, en uso de la atribución uc le confiere el inciso 19 del artículo -■c) (]e la Constitución,ha resuelto conceller el indulto que solicita el reo Arturo Valdez Cáceres, del tiempo que le falta para cumplir su condena.

Lo comunicamos á V. E., para su conocimiento y demás fines.—Dios guarde

á V. E.—Antero Aspíllaga, Presidente del Senado.—Vidai. MuROTK, 2o Vicepresidente de la H. Cámara de diputados. —José Manuel García, Senador Secretario.— Carlos M. Olivera, Diputado Pro Secretario.

Al Exorno. Señor Presidente de la República.

Lima, 21 de octubre de 1909.

Cúmplase, comuniqúese, regístrese \ publíquese.—Rúbrica de S. E.—León.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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