Ley Nº 1126

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Tipo de Norma: Ley

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 01126

Bes. Leg, W.° 1126

Ascenso del Coronel don Francisco Bazo y Basombrío

Lima} 20 de octubre de 1909. Exemo Señor:

El Congreso, atendiendo á que el artículo 13 de la ley de 26 de enero de 1869 concede un ascenso efectivo á los vencedores en el combate del Dos de Mayo de 1866, y á que don Francisco Bazo y Basombrío, que concurrió á esa jornada en la clase de teniente coronel efectivo, solo obtuvo el grado de coronel; ha resuelto ascenderlo á la efectividad de su clase, en el arma de caballería á que pertenece.

Lo comunicamos á V. E. para su conocimiento y demás fines.

Dios guarde á V. E. — Antero Aspí-llaga, Presidente del Senado. —J. M. Manzanilla, Presidente de la Cámara de Diputados.—Severiano Bezada, Senador Secretario.—Clemente J. Revilla, Diputado Secretario.

Al Exemo. Señor Presidente de la República.

Lima, 21 de octubre de 1909.

Cúmplase, comuniqúese 3r publíquese. —Rúbrica de S. E.—Zapata.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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