Ley Nº 11186

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 11186

DECRETO-LEY N° 11186.

Crédito extraordinario para adquisiciones del Ministerio de Aeronáutica, relacionadas con la Defensa Nacional.

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Por cuanto:

La Junta Militar de Gobierno ha dado el siguiente Decreto-Ley:

LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Considerando:

Que, las necesidades de la Defensa Nacional requieren que el Ministerio de Aeronáutica efectúe determinadas adquisiciones cuyo monto asciende a US. $ 745,000.00 que al tipo de cambio oficial es de Sjo. 6.50 por dollar, representa la suma de S[o. 4’842,500.00;

Que, no existiendo en el Pliego de Aeronáutica partida para atender a las citadas adquisiciones;

De conformidad con las disposiciones

del Art. 189 de la Ley N9 4598;

De acuerdo con lo informado por 1 Contralorfa General de la República; y En uso de las facultades de que está investida, ha dado el siguiente

Decreto-Ley:

Artículo l9—Autorízase al Ministerio de Hacienda y Comercio, para abrir un Crédito Extraordinario por la suma de

CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTIDOS MIL QUINIENTOS SOLES ORO (S/o. 4’842,500.00) que se

destinarán a adquisiciones del Ministerio de Aeronáutica.

Artículo 29—Este Crédito será cubierto con los mayores ingresos que se obtengan en el ejercicio presupuestal del año

en curso.

Dado en la Casa de Gobierno, en Li-ma, a los treinta días del mes de setiembre de mil novecientos cuarenta y nueve.

General de Brigada Manuel A. Odría»

Presidente de la Junta Militar de Gobierno.

General de Brigada Zenén Norieg*> Ministro de Guerra.

Contralmirante Roque A. Saldías, Mi-nistro de Marina,

Contralmirante Ernesto Rodríguez, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.

Teniente Coronel Augusto Villacorta, Ministro de Gobierno y Policía.

General de Brigada Armando Artola, Ministro de Justicia y Trabajo.

General de Brigada Emilio Pereyra Marquina, Ministro de Hacienda y Comercio.

Teniente Coronel José del C. Cabrejo, Ministro de Fomento y Obras Públicas.

Coronel Juan Mendoza, Ministro de Educación Pública.

Coronel Alberto López, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.

General C. A. P. José Villanueva, Ministro de Aeronáutica.

Coronel Alberto León Díaz, Ministro de Agricultura.

Por tanto:

Mando se imprima, publique y circule y se le dé el debido cumplimiento.

Lima, 30 de setiembre de 1949.

MANUEL A. ODRIA.

Emilio Pereyra M.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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