Ley Nº 1111

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Tipo de Norma: Ley

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 01111

Hss. Lag. N. lili

Indulto del reo Federico M, G-álvez

Limat 6 de octubre de 1909.

Excmo. Señor:

El Congreso, en uso de la atribución que le confiere el inciso 19 del artículo 59 de la Constitución, ha resuelto conceder al reo Federico M. Gálvez el indulto que solicita del tiempo que le falta para cumplir su condena.

Lo comunicamos á V. E., para su conocimiento y demás fines.—Dios guarde á V. E.—Antero Aspíllaga, Presidente del Senado.—J. M. Manzanilla,Diputado Presidente.—Severiano Bezada, Secretario del Senado.—Clemente J. Revi-11a, Diputado Secretario.

Al Excmo. Señor Presidente de la República.

Lima, 8 de octubre de 1909.

Cúmplase, regístrese, comuniqúese y publíquese.—Rúbrica de S. E.—León.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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