Ley Nº 11101

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 11101

DECRETO-LEY N'-' 11101.

Ascendiendo a la clase de General de Brigada al Coronel don Emilio Pe rey-

ra Marquina.

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Por cuanto:

La Junta Militar de Gobierno ha dado el siguiente Deereto-Ley.

LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Considerando:

Que el Coronel de Artillería don Emilio Pereyra Marquina•* reúne los requisitos exigidos por la Ley de Ascensos, su Reglamentación y Decreto-Ley N* Í0920 de 24 de noviembre de 1943;

Vistos los Cuadros de Mérito y de Antigüedad establecidos por la junta Calificadora; estando a lo dispuesto en el artículo ICP del Decreto-Ley N9 10920; y teniendo en cuenta las vacantes declaradas;

Decreta:

Artículo único.-Asciéndase a la Cía.

se de General de Brigada al Coronel don Emilio Pereyra Marquina.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del ¡mes de setiembre de mil novecientos cuarentinueve.

-4 ‘

General de Brigada Manuel A. Odría, Presidente de la Junta Militar de Gobierno.

General de Brigada Zenón Moriega, Ministro de Guerra.

I

Contralmirante Roque A. Saldías, Ministro de Marina.

Capitán de Navio Ernesto Rodríguez, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.

Teniente Coronel Augusto Villacorta, Ministro de Gobierno y Policía.

General de Brigada Armando Artola, Ministro de Justicia y Trabajo.

Teniente Coronel José del C. Cabré jo, Ministro de Fomento y Obras Públicas.

Coronel Juan Mendoza, Ministro de

Educación Pública.

*

Coronel Alberto López, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.

General C. A. P. José C. Villanueva, Ministro do Aeronáutica.

Teniente Coronel Alberto León Díaz, Ministro de Agricultura.

Por tanto:

*

i

Mando se imprima, publique y circule y se le dé el debido cumplimiento.

9t

Dado en la Casa de Gobierno, en Li ma, a los nueve días del mes de setiembre de 1949.

MANUEL A. ODRIA.

Zenón Noriega.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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