Tipo de Norma: Ley
Número: 11072
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11072 DECRETO-LEY N° 11072.Crédito extraordinario para regularizar la Cuenta Provisional “Bonificación Sueldos Servidores Públicos”, abierta por Decreto Supremo de 18 de agosto
de 1948,
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE CzOBlERNOPor cuanto:
La Junta Militar de Gobierno ha cía-do el siguiente Decreto-Ley:
LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNOConsiderando:
Que por Decreto Supremo de I 8 de agosto de 1948 se autorizó la apertura de una Cuenta Provisional denominada
‘Bonificación Sueldos Servidores Públicos** en la Contraloría General de la República, para atender a la bonificación del 20(V( sobre el importe de los sueldos básicos de los servidores del Estado, como una medida social del Supremo Gobierno para mejorar la renta de sus servidores en vísta de la elevación del costo de la vida;
Que el monto total del egreso producido con cargo a dicha Cuenta Provisional asciende a la suma de S/o. 25 099,1 23,86, durante el ejercicio presupuesta! de 1948, lo que es necesario regularizar;
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 1 7, y 1 89 de la Ley Orgánica de Presupuesto, Nl> 4598.;
De acuerdo con lo informado por la Contraloría General de la República y la Dirección General del Presupuesto; y En uso de las facultades de que está Investida;
Ha dado el Decreto-Ley siguiente: Artículo único.— Autorízase al Ministerio de Hacienda y Comercio para abrir un Crédito Extraordinario por la suma de Veinticinco millones noventinueve mil cAnto veintitrés soles oro y ochentiséis centavos (S/o. 25 099,1 23.86). deno-
Trinado “REGULA RIZACION: BONIFICACION SERVIDORES PUBLICOS”,como regularización de la Cuenta Provi-
^ *
Ai onal abierta por Decreto Supremo de 18 de agosto de 1948.
Este crédito será cubierto con cargo a los mayores ingresos del ejercicio presu-puestal del año 1948.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de julio de rnil novecientos cuarentinueve.
General de Brigada Manuel A. Odría, Presidente de la Junta Militar de Gobierno,
General de Brigada Xenón Noriega* Ministro de Guerra.
Contralmirante Roque A. Saldías, Ministro de Marina.
Genera] de Brigada Armando Artola,
» * •
Ministro de Justicia y Trabajo.
Capitán de Navio Ernesto Rodríguez, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.
Teniente Coronel Augusto Víllacorta, Ministro de Gobierno y Policía.
«
Coronel Emilio Pereyra Marquina, Ministro de Hacienda y Comercio.
i
* -
Coronel Juan Mendoza, Ministro de
Educación Pública.
Teniente Coronel José del C. Cabrejo, Ministro de Fomento y Obras Públicas.
Coronel Alberto López, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.
General C. A, P. José C. Villantieva, Ministro de Aeronáutica.
, A
Teniente Coronel Alberto León Díaz,
^ y
Ministro de Agricultura.
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Por tanto:
Mando se imprima, publique y circule y se le dé el debido cumplimiento.
Lima. 15 de julio de 1949.
MANUEL A. ODRIA.
Emilio Pereyra Marquina.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.