Tipo de Norma: Ley
Número: 110
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00110LEY No. 110 Distrito de Ahuac
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana Ha dado la ley siguiente:
Artículo único. — Créase en la provincia de Huancayo, un nuevo distrito que se denominará Ahuac, cuya capital será el pueblo del mismo nombre y que comprenderá los pueblos de Ahuac, Yscos, Huariaca, Yanacancha; los anexos de Tinyari y Copea, y el caserío de Cochangará.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario á su cumplimiento.
Dada en la sala de sesiones del Congreso, en Lima, á los 25 días del mes de octubre de 1905 — M. Irigoyen, Presidente del Senado.—Antonio MiróQue-sada. Dioutado Presidente. — Víctor Castro Iglesiasy Senador Secretnrio. — Luis Julio Menéndezy Diputado Secretario.
Excmo. señor Presidente de la República.
Por tanto: mando se imprima, publique y circule y se le dé el debido cumplimiento.— Dado en la casa de Gobierno en Lima, á los 14 días del mes de noviembre de 1905.—José Pardo.— J. Prado y Ugarteche.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.