Tipo de Norma: Ley
Número: 10989
documento PDF
10989DECRETO-LEY N* 10989.
Crédito suplementario para habilitar la partida N 449 del Pliego de Salud Pública y Asistencia Social del Presupuesto General de 1948.
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
Por cuanto:
La Junta Militar de Gobierno ha dado el Decreto-Ley siguiente:
LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO Considerando:
Que es urgente regularizar el mayor egreso producido en la Partida N 449, del Pliego de Salud Pública y Asistencia Social del Presupuesto General de la República de 1948, en liquidación, destinada al pago de Jubilados y Cesantes de dicho Ramo;
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 1 79 y 189 de la Ley Orgánica de Presupuesto, N9 4598;
De acuerdo con lo informado por la Contraloría General de la República y la Dirección General de Presupuesto.
En uso de las facultades de que está investida;
Ha dado el Decreto-Ley siguiente:
Artículo único.—Autorízase al Ministerio de Hacienda y Comercio para a-brir un Crédito Suplementario por la suma de TREINTA MIL SOLES ORO
(S/o. 30,000.00), a fin de habilitar la Partida N° 449, del Pliego de Salud Pública y Asistencia Social del Presupuesto General de la República de 1948, en liquidación.
Este Crédito será cubierto con cargo a los mayores ingresos que se obtengan en el ejercicio presupuestal de 1948, en liquidación;
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de marzo de mil novecientos cuarentinueve.
General de Brigada Manuel A. Odría, Presidente de la Junta Militar de Gobierno.
General de Brigada Zenón Noriega, Ministro de Guerra.
Contralmirante Roque A. S*ldías, Ministro de Marina.
Contralmirante Federico Díaz Dulan-to, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.
Teniente Coronel Augusto Villacorta, Ministro de Gobierno y Policía.
Teniente Coronel Marcial Merino, Ministro de Justicia y Trabajo.
Coronel Emilio Pereyra Mar quina,
Ministro de Hacienda y Comercio.
Teniente Coronel Alfonso Llosa G. P., Ministro de Fomento y Obras Publicas.
Coronel Juan Mendoza, Ministro de Educación Pública.
Coronel Alberto López, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.
General C. A. P. José Villanueva, Ministro de Aeronáutica.
Coronel Carlos A. Miñan o, Ministro de Agricultura.
Por tanto:
Mando se imprima, publique y circule y se le dé el debido cumplimiento.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticincoo días del mes de marzo de mil novecientos cuarentinueve.
MANUEL A. ODRIA.
Emilio Pereyra
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.